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    diciembre 9, 2020 by admin

    Visas basadas en la familia 101

    Visas basadas en la familia 101
    diciembre 9, 2020 by admin

    Las visas basadas en la familia son el primer paso de muchos inmigrantes en su camino hacia la plena ciudadanía de los Estados Unidos. Los ciudadanos estadounidenses actuales y los residentes permanentes legales (LPR) pueden patrocinar a ciertos parientes para que reciban una tarjeta verde o una visa basada en la familia sobre la base de su relación familiar.

    Aprenda más sobre la inmigración basada en la familia y cómo patrocinar a un pariente que vive en el extranjero para obtener una tarjeta verde o una visa basada en la familia.

    Entendiendo las visas basadas en la familia

    La ley de inmigración de EE. La ley de inmigración permite a los ciudadanos estadounidenses actuales y a los residentes legales patrocinar a un pariente que vive en el extranjero para obtener una tarjeta verde o un visado de inmigrante; los titulares de visados de inmigrante temporales no pueden patrocinar a sus familiares para obtener visados basados en la familia.

    La ley separa los tipos de visados para estos familiares en dos grupos distintos, incluyendo los visados para «parientes inmediatos» y los visados para «inmigrantes con preferencia familiar». Los visados para familiares inmediatos son ilimitados, lo que significa que no hay límite en el número de inmigrantes que pueden entrar en Estados Unidos con este tipo de visado al año. Los visados de Inmigrante de Preferencia Familiar, por otro lado, son limitados y tienen un tope de un determinado número cada año.

    Las personas que pueden optar a un visado de Familiar Inmediato son las siguientes:

    • El cónyuge de un ciudadano estadounidense

    • El padre o madre de un ciudadano estadounidense adulto

    • Los hijos solteros de un ciudadano estadounidense.Los hijos solteros de un ciudadano estadounidense

    • Un huérfano que fue adoptado en el extranjero por un ciudadano estadounidense

    • Un huérfano cuya adopción por un ciudadano estadounidense está pendiente

    • Las personas que pueden optar a un visado de Inmigrante de Preferencia Familiar son las siguientes:

      • Primera Preferencia Familiar (F1): Hijos e hijas solteros de ciudadanos estadounidenses, y sus hijos menores de edad si es el caso

      • Segunda Preferencia Familiar (F2): Cónyuges, hijos menores de edad e hijos solteros adultos de residentes permanentes legales

      • Tercera Preferencia Familiar (F3): Hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses, y sus cónyuges e hijos menores de edad

      • Cuarta Preferencia Familiar (F4): Hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses adultos, y sus cónyuges e hijos menores

      Cómo solicitar un visado basado en la familia

      Para solicitar un visado basado en la familia a un pariente que vive en el extranjero, comience por presentar el formulario I-130, Petición para un pariente extranjero. Este formulario establece la relación familiar entre usted y la persona que está solicitando.

      Después de presentar este formulario, puede esperar los siguientes pasos:

      • Si su familiar ya está en los EE.UU., puede solicitar el ajuste de estatus para convertirse en un titular de la tarjeta verde después de que un número de visa esté disponible utilizando el Formulario I-485.

      • Si su familiar está fuera de los EE.UU., su petición se enviará al Centro Nacional de Visados (NVC), que remitirá su petición al consulado estadounidense correspondiente cuando haya un visado disponible.

      • La categoría de preferencia de su familiar determinará el tiempo que tendrá que esperar para obtener un visado de inmigrante.

        ¿Busca un visado basado en la familia? Póngase en contacto con nosotros hoy

        Si está buscando una visa basada en la familia para un miembro de la familia que vive en el extranjero, nuestros abogados de inmigración en Akula & Associates están aquí para ayudar. Proporcionamos un servicio compasivo para los clientes y estamos dedicados a lograr un resultado óptimo para usted y sus seres queridos.

        Nuestro equipo explorará todas sus opciones legales y alternativas prácticas en un esfuerzo por ahorrarle tiempo y dinero a lo largo del proceso de inmigración.

        Contacte a Akula & Asociados al (844) 299-5003 para saber cómo podemos ayudarle.

        iv

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