Exenciones de puerto libre
Los votantes del condado pueden elegir la exención del inventario comercial e industrial. La solicitud para la exención de puerto libre debe hacerse con la junta de asesores fiscales dentro del mismo período de tiempo en que las declaraciones son debidas en el condado. Las solicitudes presentadas después de ese momento pueden recibir una exención parcial para ese año hasta el 1 de junio.
Pagos de impuestos ad valorem
Los impuestos ad valorem del condado y de las escuelas del condado son recaudados por el comisionado de impuestos del condado. Aunque la fecha oficial de pago de los impuestos ad valorem es el 20 de diciembre, la autoridad local de gobierno puede adoptar una resolución que cambie la fecha oficial de pago de los impuestos al 1 de diciembre o al 15 de noviembre, o puede implementar la facturación a plazos con múltiples fechas de vencimiento. Debe consultar con la oficina del comisionado de impuestos de su condado para verificarlo.
Cada contribuyente tendrá 60 días a partir de la fecha del matasellos de la factura de impuestos para realizar el pago completo de los impuestos adeudados antes de que se acumulen los intereses. Además de los intereses, los impuestos en mora pueden acumular multas sobre los saldos impagos.
Apelaciones de valoración
La junta de asesores fiscales del condado debe enviar una notificación anual de valoración en la que se informa al contribuyente sobre la presentación de una apelación del impuesto sobre bienes inmuebles (como terrenos y edificios fijados al terreno). Si la junta de asesores fiscales del condado no está de acuerdo con la declaración del contribuyente sobre los bienes muebles (como aviones, barcos o equipos e inventario de la empresa), la junta debe enviar una notificación de evaluación que da al contribuyente información sobre la presentación de una apelación. Si el contribuyente desea apelar el valor justo de mercado en la notificación de evaluación, la apelación debe ser enviada a la junta de asesores fiscales y matasellada a más tardar 45 días a partir de la fecha de envío de la notificación de evaluación.
Reembolsos de impuestos ad valorem
Un contribuyente puede hacer una solicitud por escrito para el reembolso de los impuestos que se determinan que han sido erróneamente o ilegalmente evaluados y recaudados. Las solicitudes de devolución deben iniciarse en un plazo de tres años a partir de la fecha de pago. Sin embargo, en el caso de una evaluación recurrida, cualquier reembolso debe ser procesado automáticamente por las autoridades fiscales inmediatamente después de la determinación de la base imponible final.