Comprar o vender un vehículo con título de Kentucky
Lo que necesitará:
- Título original de Kentucky
- Registro original de Kentucky
- Prueba de seguro de responsabilidad civil de Kentucky vigente a nombre del comprador para el vehículo comprado.
- Identificación con foto para el comprador y el vendedor. (Si el comprador y/o el vendedor no van a estar presentes en nuestra oficina, una aplicación debe ser firmada y notariada antes de la transferencia). (Ver Ejemplo)
- Número de Seguridad Social para cada nuevo propietario(s) que aparece en el título o Número de Identificación Fiscal Federal para las empresas
- Declaración de Gravamen del Título (TC96-187) si es aplicable, debe ser proporcionada por el titular del gravamen.
- Los títulos impresos antes del 1/3/2000 también requerirán una Solicitud de Título (TC96-182). (Ver Ejemplo)
- Las transferencias de SOLO TÍTULO requieren que las placas sean entregadas al secretario del condado.
*Todos los gravámenes deben ser terminados antes de la transferencia.
Si ha perdido su título de Kentucky tendrá que pedir un duplicado del título.
¿Cómo se calculará el impuesto de uso de la carretera?
Se cobra un impuesto de uso de la carretera de Kentucky del 6% sobre el precio de venta al público. El precio de venta es el precio de compra o el precio de venta NADA. Si se grava sobre el precio de compra, el vendedor debe revelar el precio de compra en la solicitud, firmar como vendedor y hacer que se certifique ante notario (el valor imponible no puede ser inferior al 50% del valor NADA «trade in»).
Tarifas:
Cualquier impuesto sobre la propiedad que se deba puede prohibir el título/registro.
Las placas especiales están disponibles por tarifas adicionales. Haga clic aquí para ver nuestras placas especiales.
NOTA: Las placas especiales no son transferibles. Póngase en contacto con nuestra oficina para más información.
Impuesto sobre la propiedad
El impuesto sobre la propiedad de sus vehículos, remolques y embarcaciones es evaluado por el Administrador de Valoración de la Propiedad el 1 de enero de cada año. Usted es responsable del impuesto sobre la propiedad de cualquier vehículo registrado a su nombre el 1 de enero.
Medios de pago aceptables