Tiene derecho a este crédito no reembolsable si:
- no puede ser reclamado como dependiente en la declaración de impuestos federales de otra persona, y
- cumple una de las condiciones de la tabla siguiente:
Estado de presentación estatus | Renta bruta ajustada federal reconstruida | Importe del crédito |
---|---|---|
Soltero | 28$,000 dólares o menos | hasta 75 dólares |
Casado que presenta una declaración conjunta Calificación de la viuda(o) Cabeza de familia con persona calificada |
32 dólares,000 dólares o menos |
en función del número de personas a cargo que figuran en el punto H del formulario IT-201 (punto I del formulario IT-203) más una para usted (y una para su cónyuge si se trata de una declaración conjunta). Para calcular su crédito, consulte la tabla 2 del crédito familiar del Estado de Nueva York en las instrucciones del formulario IT-201 o en las instrucciones del formulario IT-203 |
Casado que presenta declaración conjunta | Vea las instrucciones del formulario IT-201 o las instrucciones del modelo IT-203 |
¿Cómo solicitar este crédito?
Debe solicitar esta deducción directamente en el modelo IT-201, Declaración del Impuesto sobre la Renta de los Residentes, o en el modelo IT-203, Declaración del Impuesto sobre la Renta de los No Residentes y Residentes Parciales.