En 2007, la Asamblea General de Carolina del Norte promulgó una legislación que permite a la Comisión de Estándares de Educación y Entrenamiento de la Justicia Criminal de Carolina del Norte «establecer estándares y directrices para la certificación anual de armas de fuego de oficiales de la ley retirados cualificados.» Esta acción fue el resultado de la aprobación por parte del Congreso de los Estados Unidos de la Ley de Seguridad de los Agentes de la Ley de 2004 (conocida como H.R. 218), que permite a los agentes de la ley en activo y a los agentes de la ley retirados cualificados llevar armas ocultas en todo el país. Tras un largo proceso, ahora se ha desarrollado el programa para la cualificación de los agentes retirados.
En virtud de la ley federal, los agentes de la ley retirados pueden llevar armas de fuego ocultas en todo el país si cumplen la definición de «agente de la ley retirado cualificado», tal como se especifica en la H.R. 218 y han cumplido, en el período más reciente de 12 meses, las normas del Estado para la formación y cualificación de los agentes de la ley en activo para llevar armas de fuego.
Un agente retirado que resida en Carolina del Norte puede cumplir las normas del Estado de una de las dos maneras siguientes:
- El agente retirado puede cualificarse con la agencia de la que se retiró. Bajo este escenario, la agencia es responsable de proporcionar la documentación al oficial retirado para verificar su finalización del entrenamiento anual en servicio de armas de fuego y los requisitos de calificación. La agencia o el oficial no tendrían que presentar ninguna documentación a la Comisión de Estándares de Justicia Criminal; o,
- El oficial retirado puede acudir a un Instructor Especializado en Armas de Fuego certificado por la Comisión y completar el entrenamiento y la calificación y luego solicitar a la Comisión de Estándares de Justicia Criminal la certificación bajo el nuevo Programa de Certificación de Calificación de Armas de Fuego para Oficiales Retirados de la Ley.
- las Reglas Administrativas 9H .0101 – .0105, que han sido adoptadas por la Comisión;
- las Preguntas Frecuentes adoptadas para el programa;
- el Formulario de Solicitud (F-9R) que se utilizará para presentar la solicitud a la Comisión, y
- las Directrices de Porte de CCH que abordan las restricciones para el porte de armas de fuego ocultas por parte de los agentes del orden activos y retirados y los titulares de permisos de CCH.
La información específica que explica los requisitos para participar en este programa se encuentra en los siguientes enlaces:
Las preguntas sobre este programa deben dirigirse al Sr. Bob Overton de nuestro personal al (919) 661-5980, o por correo electrónico a [email protected]